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Funciones

A Presidencia de la Generalitat le corresponde ejercer las competencias en materia de turismo, en base al Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, publicado en el DOCV número 8590 de 12/07/2019.

La Secretaría Autonómica de Turismo asume las funciones del artículo 68 de la Ley 5/1983, en materia de política turística, y control y supervisión de la actividad y funcionamiento de Turisme Comunitat Valenciana.

La persona titular de la Secretaría Autonómica será el presidente o la presidenta de Turisme Comunitat Valenciana.

De la Secretaría Autonómica de Turismo depende la Dirección General de Turismo, que ejercerá las competencias previstas en el artículo 70 de la Ley del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de promoción y ordenación del turismo, así como las funciones de control, coordinación y supervisión de la actividad y funcionamiento de Turisme Comunitat Valenciana, y las competencias administrativas en el ámbito inspector y sancionador de la actividad turística.

La persona titular de la Dirección General de Turismo será el director o la directora de la entidad Turisme Comunitat Valenciana

Turisme Comunitat Valenciana conforma el ente público de la Generalitat a quien corresponde el fomento y ejecución de la política turística de la Comunitat Valenciana. Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8313 de 08.06.2018).

Decreto 7/2020, de 17 de enero, del Consell, de regulación de los órganos para la coordinación de la acción turística y del organismo público para la gestión de la política turística. (DOGV nº8728 de 29.01.2020)

 

 

 

 

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