Estás en: > Inicio > Tramitación > Empresa turistica

Procedimientos de viviendas de uso turístico

IMPORTANTE:
 
  • Es imprescindible acreditar que la vivienda turística dispone del informe favorable de compatibilidad urbanística emitido por el ayuntamiento en el que radica la vivienda que pretende ser de uso turístico (el informe favorable de compatibilidad ha de tener un código seguro de verificación (CSV) que permita la verificación de la integridad y autenticidad de documentos electrónicos, así como la obtención de copias electrónicas de los mismos). MÁS INFORMACIÓN
  • La declaración responsable solo se puede realizar de forma telemática con firma digital, tanto para las personas físicas como jurídicas. MÁS INFORMACIÓN
  • Tanto en el caso de que la vivienda sea inscrita en el Registro de Turismo como en el caso de que se deniegue la solicitud de inscripción, la persona solicitante recibirá la notificación en su carpeta ciudadana de la Generalitat.
EN RELACIÓN CON LAS VIVIENDAS TURÍSTICAS, ESTÁN DISPONIBLES LOS SIGUIENTES TRÁMITES:
1) AUTO REGISTRO. Trámite a utilizar para:
a) Comunicar el inicio de actividad por parte de titulares (personas físicas o jurídicas que firmen el trámite con la firma electrónica de la propia empresa) que cumplan estas circunstancias:
 
    • Hasta 4 viviendas turísticas
    • Capacidad igual o inferior a 16 plazas.
    • Vivienda ubicada en suelo urbano.
 
b) Comunicar la modificación de capacidad o categoría o datos no esenciales de estas viviendas de uso turístico: MODIFICACIÓN CAPACIDAD/CATEGORÍA O DATOS NO ESENCIALES.
 
c) Comunicar el cese de actividad de la dedicación de estas viviendas al uso turístico: BAJA
 
 
a)CAMBIOS DE TITULARIDAD de viviendas turísticas ya inscritas.
b) Comunicar el inicio de actividad por parte de titulares de hasta 4 viviendas turísticas (personas físicas o jurídicas) siempre que se de/n alguna/s de esta/s circunstancia/s
 
  • Comunicación de cambio de periodo de funcionamiento, denominación, capacidad, categoría, clasificación u otras circunstancias respecto de esas viviendas.
  • Comunicar ceses de actividad respecto de esas viviendas.
  • Cuando la persona actúe con la firma electrónica personal del representante.
  • Su capacidad sea superior a 16 plazas.
  • Vivienda ubicada en suelo no urbanizable.
  • Especialidad rural.
  • La inscripción en el Registro como empresa gestora de viviendas de uso turístico y comunicación del alta inicial de 5 o más viviendas turísticas.
  • Comunicar el CAMBIO DE TITULARIDAD, denominación o domicilio de la empresa gestora.
  • Comunicar el cese de actividad de la empresa gestora.
 
NOTA: La empresa gestora una vez registrada en la aplicación EE-AT-i, podrá tramitar altas, modificaciones y bajas de viviendas de uso turístico.

Compartir

Twitter

Formación

© Generalitat Valenciana. Turisme Comunitat Valenciana