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Preguntas frecuentes (FAQ) respecto a la actividad profesional de guía de turismo

Quiero ser guía de turismo, ¿Qué tengo que hacer? Obtener una habilitación.

¿Cómo se obtiene la habilitación?

Dicha habilitación se obtendrá mediante la superación de las pruebas que a tal fin convoque la Conselleria que ostente las competencias en materia de turismo, y no tendrá la consideración de título, sino de cualificación profesional para el ejercicio de la actividad que se regula en el presente reglamento.

Ya soy guía de turismo habilitado, ¿Cómo renuevo el carnet? ¿Cómo comunico la modificación de mis datos?

La acreditación deberá renovarse, en todo caso, cada cinco años contados desde su obtención y, también, siempre que varíe cualquier dato de los que contenga.

Para solicitar la renovación, debe enviar un correo electrónico a guiadeturisme@gva.es, indicando sus datos personales, correo electrónico y teléfono de contacto, así como una fotografía actual en formato digital (jpg./ tif) tamaño carnet.

La modificación del domicilio, correo electrónico o teléfono de contacto, se comunicará mediante correo electrónico a guiadeturisme@gva.es.

Tengo la habilitación como guía de turismo obtenida en otra Comunidad Autónoma. ¿Cómo puedo ejercer la actividad en la Comunitat Valenciana?

Los guías de turismo habilitados por otras comunidades autónomas que pretendan establecerse con carácter permanente en la Comunitat Valenciana deberán comunicar el ejercicio de su actividad a la conselleria que ostente las competencias en materia de turismo (específicamente al Servicio de Ordenación y Tramitación Turística), aportando copia de la habilitación concedida por la comunidad autónoma de origen. Dicha comunicación permitirá ejercer libremente la actividad desde el momento en que se realice.

Tengo la habilitación como guía de turismo de otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo ¿Cómo puedo ejercer la libre prestación de servicios o establecerme en la Comunitat Valenciana?

En el supuesto de libre prestación de servicios, con carácter previo al primer desplazamiento debe informar por escrito a la conselleria que ostente las competencias en materia de turismo (Servicio de Ordenación y Tramitación Turística), de la actividad que se pretende realizar, acompañando los documentos que resulten preceptivos, siempre que tal comunicación no se hubiera realizado previamente en otra comunidad autónoma. La persona interesada hará una descripción de los servicios que va a prestar, haciendo especial mención a la duración de los mismos, su continuidad y su periodicidad.

En el supuesto de pretender establecerse en la Comunitat Valenciana, debe acreditar el ejercicio de su profesión en su país de origen y superar las pruebas de habilitación o realizar un periodo de prácticas.

Debe poseer los conocimientos lingüísticos de uno de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.

Para más información acceda al trámite respecto a la declaración previa de prestación de servicios como guía de turismo, en caso de:

-Desplazamiento temporal.

-Desplazamiento ocasional.

-Solicitud de reconocimiento de títulos de formación o certificados de competencia obtenidos en la Unión Europea para el ejercicio de las profesiones reguladas en el Anexo I del Decreto 80/2014, de 6 de junio, del Consell.

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